Se declara Ave Emblema de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires al Picaflor Verde (Chlorostilbon lucidus).
Novedades Legislativas
Se implementa en el marco del Plan Maestro de Arbolado Urbano de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, un programa especial de reforestación destinado a alcanzar el treinta y cinco por ciento (35%) de cobertura arbórea del espacio aéreo dentro del plazo de siete (7) años contados a partir de la entrada en vigencia de la presente Ley.
"Ley Yolanda" se establece la capacitación y formación integral en materia ambiental y desarrollo sostenible para los funcionarios del Poder Ejecutivo, Legislativo y Judicial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Ley de promoción y difusión de las practicas de agricultura urbana en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Se crea en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires el Sistema de Compensación Ecológico (SI.CO.ECO) que tiene por objeto concientizar sobre la importancia del reciclado, favorecer la separación en origen, reducir la cantidad de residuos sólidos urbanos, promover la economía circular y aminorar su impacto en el ambiente y la salud
Ley de Gestión Integral de Plaguicidas en el territorio de la Provincia de la Pampa.
Regimen de Desarrollo Energético de la Provincia de la Pampa
Se transfieren a favor del Estado Nacional la jurisdicción y el dominio necesarios para que éste ejerza las competencias previstas en la ley nacional Nº 22351 de Parques Nacionales, Monumentos Naturales y Reservas Nacionales, sobre el total de los sectores fiscales (intermareal y marino).
Se modifica, se agregan y derogan Artículos de la Ley Q-4476, mediante la cual la Provincia de Río Negro adhiere a los términos de la ley Nº 26432 que prorroga por el término de diez (10) años la ley Nº 25080 de "Inversiones para Bosques Cultivados".
Se declara la reapertura total de la Temporada 2020 de Caza Deportiva Mayor y Menor, desde la fecha de publicación de la Resolución, hasta el día 15 de febrero del 2021.
Se establecen los objetivos y procedimientos de protección ambiental aplicables a la Gestión Integral de Residuos Sólidos Urbanos (GIRSU) en la Provincia de Río Negro.
Se establece el Marco Regulatorio para el estímulo a la producción de hidrocarburos destinados a optimizar y maximizar la explotación a través de la recuperación de Pozos de Baja Productividad y de Pozos Inactivos, al cual los beneficiarios pueden acceder voluntariamente
A los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509, se declara, en la Provincia de CÓRDOBA, el estado de desastre agropecuario, desde el día 1 de octubre de 2020 al 30 de septiembre de 2021, a las explotaciones agropecuarias afectadas por incendio, en las áreas delimitadas utilizando el criterio de polígonos georreferenciados.
Se implementa la Unidad de Residuos (URe) como unidad de referencia para el cálculo de las tasas previstas en la Ley Nº 24.051 y sus reglamentaciones; se fija para los trámites de Obtención Inicial del Certificado Ambiental Anual, Renovación y demás trámites habilitados referidos a la gestión de Residuos Peligrosos el pago del ARANCEL DE APERTURA DE EXPEDIENTE (AAE); Se aprueba el mecanismo para acreditar la utilidad de la actividad en razón de la cual se generan residuos peligrosos; Se exime del pago de las tasas reguladas a las entidades incluidas en el artículo 8, inciso a) de la Ley Nº 24.156; Se modifica el artículo 8º de la Resolución SAyDS Nº 827/2015 y se establecen otras disposicione
Se modifica, a partir del 1° de diciembre de 2020, la estructura organizativa de la Secretaría de Ambiente del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Se modifica el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
A los efectos de la aplicación de la Ley Nº 26.509, se da por declarado, en la Provincia de MENDOZA, el estado de emergencia y/o desastre agropecuario, según corresponda, desde el 1 de diciembre de 2020 y hasta el 31 de marzo de 2022.
Se deja sin efecto la Resolución N° 6/SSPIVUDS/20 y se aprueba el “PROTOCOLO DE REAPERTURA DE ÁREAS DE CONSERVACIÓN ETAPA 3”: Jardín Botánico Carlos Thays, Reserva Ecológica Costanera Sur y Reserva Ecológica Lago Lugano, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.
APROBAR los requisitos para la obtención de la Viabilidad Hidráulica y Ambiental de los desarrollos inmobiliarios, que como Anexo forma parte de la presente, en el marco de la Ley Nº 5.067 de E v a l u a c i ó n d e I mp a c t o Amb i e n t a l , D e c r e t o reglamentario Nº 2.858/12 y Resolución Nº 366/16 y Decreto Ley 191/01 Código de Aguas de la provincia de Corrientes.