Se modifica la Ley de Ministerios N° 1.101-A y modificatoria Ley 1.398-A.
Novedades Legislativas
Se prorroga hasta el 31 de Diciembre de 2016, el plazo de validez de la vinculación entre Decretos y Resoluciones y el número de sanción de las Leyes para readecuar los Decretos y Resoluciones existentes al nuevo Digesto Jurídico de la Provincia de San Juan.
Se declara Área de Racionalización de derechos y usos de agua al Distrito Guandacol - Departamento General Felipe Varela, de la Provincia de La Rioja.
Se declara Área de Racionalización de derechos y usos de agua al Distrito La Cuadra - Departamento Famatina, de la Provincia de La Rioja.
Se declara Área de Racionalización de derechos y usos de agua al Distrito Santa Cruz - Departamento Famatina, de la Provincia de La Rioja.
Se declara Área de Racionalización de derechos y usos de agua al Distrito Los Molinos - Departamento Castro Barros, de la Provincia de la Rioja.
Se declara Área de Racionalización de derechos y usos de agua al distrito Campanas Santo Domingo - Departamento Famatina,
Se delega en el titular de la Subsecretaria de Planeamiento dependiente del Ministerio de Desarrollo Urbano y Transporte, la función de Coordinador del Consejo del Plan Urbano Ambiental, en los términos del artículo 14 de la Ley N° 5.460,.
Se modifica el Artículo 3º del Decreto Acuerdo N° 0026-2015 incorporando a la Dirección Provincial Redes de Gas en la dependencia de la Secretaría de Servicios Públicos
Se aprueba el Plan de Modernización del Estado.
Se fija para el año 2016, la tarifa de suministro de Agua en Bloque a Cooperativas en la suma de PESOS DOS CON SETENTA Y SIETE CENTAVOS ($2,77) por cada m3.
Apruébanse las DIRECTRICES NACIONALES PARA LA GESTIÓN DE RESIDUOS EN ESTABLECIMIENTOS DE ATENCIÓN DE LA SALUD, según texto que como ANEXO forma parte integrante de la presente.
Autorízase al INSTITUTO ARGENTINO DE NIVOLOGÍA, GLACIOLOGÍA y CIENCIAS
AMBIENTALES a la publicación de las subcuencas de los ríos Calingasta y Ansilta, de la cuenca del ríoSan Juan, provincia de San Juan; las subcuencas de los ríos Tupungato, Tigre, Cuevas-Vacas y Plata, dela cuenca del río Mendoza; la subcuenca del río Diamante, de la cuenca del río Diamante; la subcuencadel río Atuel, de la cuenca del río Atuel, de la provincia de Mendoza; y, la subcuenca del río Mayer y Lago San Martín de la provincia de Santa Cruz, en el marco del Inventario Nacional de Glaciales. La publicación deberá ser accesible a la población y podrá realizarse en soporte digital
desde la página web del INVENTARIO NACIONAL DE GLACIARES y de la SECRETARÍA DE
AMBIENTE Y DESARROLLO SUSTENTABLE
Se fija el pago de las tasas en concepto de derecho de descarga de líquidos residuales correspondientes al año 2016, para la Provincia de Córdoba.
Se fija el Canon correspondiente al año 2016 para el uso de agua para Perforaciones y Usos Varios previstos en el Código de Aguas de La Provincia (Ley Nº 5.589)