APRUEBA CONVENIO MARCO DE COLABORACIÓN CON LA SECRETARÍA DE GESTIÓN AMBIENTAL DE LA PROVINCIA DE JUJUY. GESTIÓN INTEGRAL DE RESIDUOS INDUSTRIALES Y ACTIVIDADES DE SERVICIOS.
Novedades Legislativas
CREA LA COORDINACIÓN INTERMINISTERIAL DE ABORDAJE TERRITORIAL EN EL AMBITO DE LA SECRETARÍA DE RELACIONES INSTITUCIONALES CON SEDE EN LOS DPTOS. SAN MARTÍN, ORÁN Y RIVADAVIA. DESIGNA
INTEGRANTES DE LA MISMA
Apruébase la Reglamentación de la Ley N° 12.665 y su modificatoria Ley N° 27.103
Aprobar la “Reglamentación integral de afectaciones al dominio derivadas de instalaciones gasíferas”, que se origine como consecuencia de la operación de instalaciones destinadas a la prestación de los servicios públicos de transporte y distribución de gas por cañerías
Se establecen disposiciones para la industria vitivinícola y el comercio relacionado con ella en todo el territorio de la Provincia de San Juan, sin perjuicio del régimen legal y reglamentario en la materia que le compete a la Nación dentro de su órbita jurisdiccional.
Se insta a la Dirección General de Compras y Contrataciones de la Secretaría de Fortalecimiento Institucional dependiente del Ministerio de Gestión Pública para que proponga criterios sustentables en materia de Compras Públicas, los que podrán ser adoptados por los distintos servicios administrativos del Estado Provincial.
Se autoriza al Ministerio de Minería, hasta el 31 de Diciembre de 2.015, a disponer del treinta y cinco por ciento (35%) de los fondos recaudados en concepto de regalías mineras y asignados por el Artículo 17° último párrafo de la Ley N° 716-M y modificatorias.
Se crea el "Consejo Asesor de Políticas sobre Agua Potable y Saneamiento Cloacal” cuya función principal es asesorar a este Ministerio de Agua, Ambiente y Servicios Públicos, en la materia y se establecen otras funciones.
Se incorpora a las rutinas de fiscalización del transporte por automotor de pasajeros y cargas, la verificación muestral a la vera del camino de las unidades munidas
de Tecnología EURO V para abatir la emisión de contaminantes.
Los controles tendrán por objeto establecer que los rodados conserven en adecuado estado de
mantenimiento el sistema de post tratamiento de gases de escape, para lo cual se verificará;
• Que dispongan de fluido con urea, en el tanque que las unidades disponen a dicho efecto
Reglamentacion del regimen de residuos peligrosos y modificacion del Decreto 2656/99. Incorpórase al Anexo V del Decreto 2656/99, como puntos del Listado No Taxativo de Actividades que requieren la presentación de un Estudio de Impacto Ambiental (E.I.A.), los siguientes: Plantas Permanentes de Tratamiento de Residuos Especiales y Plantas de Disposición Final de Residuos Especiales. Incorpora el manifiesto electronico
Se fija a partir de 1º de Diciembre de 2015, los valores de las multas emergentes de la Ley 1572 y su Decreto Reglamentario Nº 2113/83 y el Decreto 235/75.
Se establece a partir del 1º de Diciembre de 2015, la actualización del arancel o derecho de habilitación de canteras de Basalto, Tosca, Laja, Ripio Natural, suelo y de las renovaciones correspondientes, para todas las personas físicas y jurídicas que lo soliciten ante la Dirección General de Geología y Minería, Autoridad Minera de Primera Instancia de la Provincia de Misiones.
Se actualizan los valores por el Despacho de Guía de Mineral- Ley XVI- Nº 14, por el cual se abonan tarifas fijas para; Minerales de 1ª Categoría; Minerales de 2ª categoría y Minerales de 3ª categoría.
Créase el Programa Manufacturas Rurales Argentinas
ESTABLEZCASE un plazo de 2 (dos) años, contados desde la publicación de la presente, para que
los locales de comercialización y/o almacenamiento de agroquímicos de la provincia de Corrientes trasladen sus depósitos fuera del radio urbano de los municipios en los que se encuentren emplazados
Créase el PROGRAMA DE ACCESO AL AGUA SEGURA, cuyo objetivo será brindar asistencia técnica y financiera a los Gobiernos Provinciales, los Municipios, Cooperativas, Organizaciones No Gubernamentales, Poblaciones Rurales y Comunidades Campesinas y de Pueblos Originarios para el aprovisionamiento deagua segura, abatimiento de arsénico en aguas para consumo humano, la conservación, recuperación y uso sustentable de cuerpos de agua, así como también para la captación, acopio y uso de agua de lluvia
La Corte Suprema de Justicia hizo lugar a una acción iniciada por el senador nacional Rubén Giustiniani por la cual se ordena a YPF SA hacer pública el contenido de las clausulas del contrato suscripto con Chevron Corporation para la explotación de hidrocarburos no convencionales en las áreas de Lomas de la Lata Norte y Loma Campana de la provincia del Neuquén.
En la causa caratulada “Giustiniani, Rubén Héctor c YPF – s/ amparo por mora”, fue iniciada luego de la negativa de YPF SA a suministrar la información que había solicitado el Senador por Santa Fe, sobre el proyecto de inversióne y todo lo relacionado con la calidad ambiental y las actividades que desarrollarán YPF y Chevron en el desarrollo de hidrocarburos no-convencionales en las áreas mencionadas.
En septiembre de 2013, Rubén Giustiniani presentó un recurso de amparo en el marco del decreto 1172/03 de Acceso a la Información Pública, para que el Estado Nacional difunda los alcances del contrato firmado entre YPF y Chevron, referidos a la explotación de petróleo en los yacimientos Loma Lata Norte y Loma Campana, Neuquén. En primera instancia se rechazó la pretensión del senador, haciendo lugar a la contestación de YPF pero la Corte Suprema, hizo lugar a la demanda el 10 de noviembre del corriente.
La decisión, firmada por los ministros Ricardo Lorenzetti, Carlos Fayt y Juan Carlos Maqueda, con una disidencia parcial dede la ministro Highton, recuerda que el derecho de buscar y recibir información ha sido consagrado expresamente por la Declaración Americana de Derechos y Deberes del Hombre y por la Convención Americana sobre Derechos Humanos. El pronunciamiento de la Corte viene a fortalecer además el derecho de libre acceso a la informacion ambiental enmarcada en la Ley 25831 de presupuestos mínimos.
Se crean la Reservas Arqueológicas Provinciales “Guasapampa”, ubicada en los Departamentos Minas y Cruz del Eje, y “Quilpo”, situada en los Departamentos Cruz del Eje y Punilla, con el fin de lograr la protección, preservación, estudio, revalorización y difusión de los yacimientos y bienes arqueológicos descubiertos y a descubrirse en las áreas comprendidas en dichas reservas.