Novedades Legislativas
Régimen de Promoción de la Ganadería Bovina en Zonas Áridas y Semiáridas. Creación.
Se modifica el Código Fiscal y se actualizan montos y aranceles por tasas. Mediante Decreto 32/15 se veta el artículo 46 en relación a la modificación de la alicuota de ingresos brutos por actividad hidrocarburífera, en atención a lo establecido por la Ley 27007 respecto de la convergencia de políticas fiscales y ambientales. El Decreto 32/15 se incluye a continuación del texto de la Ley.
Apruébase la actualización de la “Directiva de Política de Defensa Nacional” (DPDN) que, como Anexo I, forma parte del presente. Se hace referencia a la protección de recursos naturales como uno de los objetivos de la política de Defensa Nacional, en el marco de un realineamiento de la geopolitica nacional
Déjense sin efecto las Resoluciones SE.DRO.NAR N° 1160 del 26 de octubre de 2009 y su modificatoria N° 63 del 11 de febrero de 2014 y Actualícense los valores de adquisición de los formularios Ley N° 25.363
Se aprueba el Plan de Manejo del Área Natural Protegida “Bahía de San Antonio”.
Se modifica el Art 2o de la Ley 7147 en relación a las competencias del Ministerio del Agua y Medio Ambiente, y se establecen otras disposiciones
Prorrógase hasta el 31 de diciembre del año 2015 la continuidad en la prestación
de los servicios de los vehículos afectados al transporte de mercancías peligrosas pertenecientes
a los modelos 2002, 2003 y 2004, que se encontraren con la REVISIÓN TÉCNICA OBLIGATORIA
(R.T.O.) aprobada para el transporte de mercancías peligrosas al día 31 de diciembre de 2014
Aprobar los cambios en el contenido del Plan de Gestión Ambiental del Canal Martín García que se adjunta y forma parte de la presente Resolución como Anexo
La Corte Suprema restableció el día 11/12/2014 la vigencia del seguro ambiental previsto en el decreto reglamentario de la Ley General del Ambiente (causa “Fundación Medio Ambiente/ EN-PEN-DTO 1638/12- SSN Resol. 37.160 s/ medida cautelar autónoma”), revocando una medida cautelar dictada por la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal que había suspendido la vigencia de las normas reglamentarias del seguro ambiental a través de las cuales se podrían contratar dos tipos de seguros: un seguro de caución por daño ambiental de incidencia colectiva y un seguro de responsabilidad por daño ambiental de incidencia colectiva (Decreto 1638/12 y resolución 37.160/12 de la Superintendencia de Seguros de la Nación).
Además, esa Cámara ordenó al Estado Nacional adoptar otros procedimientos de conformidad ambiental y acreditación de capacidad técnica no previstos por las normas en cuestión.
La Corte Suprema entendió que la decisión tomada por esa Cámara de Apelaciones había causado una situación de gravedad institucional, porque -en esos términos- impedía en forma total la aplicación por parte del Estado de las normas que permiten que en la Argentina se puedan contratar seguros de recomposición ambiental.
Precisó que la Cámara de Apelaciones fundó en forma insuficiente una medida cautelar que tuvo como efecto paralizar una política ambiental del estado, a la par que estableció otra. Por un lado, explicó que la sentencia apelada carecía de sustento constitucional y legal en la medida en que la Cámara de Apelaciones –al imponer a las aseguradoras la obligación de prevenir y recomponer el daño ambiental colectivo– no consideró el principio de responsabilidad ambiental según el cual es el generador de degradación actual o futuro en el ambiente quién es responsable de las acciones preventivas y correctivas de recomposición (art. 4 de la ley 25.675, Ley General del Ambiente).
Por otro lado, destacó que tampoco estaba acreditado cuál era el peligro en la demora que justificaba alterar por vía de una medida cautelar el régimen de seguros ambientales.
Por disposición del Alto Tribunal, la causa será devuelta a la cámara de apelaciones a fin de que dicte un nuevo pronunciamiento fundado sobre la base de lo decidido por la Corte.
Se establece la veda para la extracción de moluscos bivalvos y gasterópodos en Bahía Camarones y Golfo San Jorge, en jurisdicción de la provincia del Chubut.
Se dispone que todos los Aprovechamientos Hidroeléctricos bajo jurisdicción del ORGANISMO REGULADOR DE SEGURIDAD DE PRESAS (ORSEP) sean sometidos, dentro del plazo de tres (3) años a contar desde el dictado de la presente Resolución, a Auditoría Técnica por parte Consultores Independientes especialistas en Ingeniería Electromecánica, sobre los equipamientos electromecánicos de Vertederos, Descargadores de Fondo, Obras de Toma y Sistemas de Bombeo de Drenajes.
Adóptese el PLAN DE ACCIÓN REGIONAL DE COOPERACIÓN INTERGUBERNAMENTAL EN MATERIA DE CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA PARA AMÉRICA LATINA Y EL CARIBE que, como Anexo I, forma parte integrante de esta Resolución. Se crea el PLAN DE ACCIÓN NACIONAL SOBRE CONTAMINACIÓN ATMOSFÉRICA, que como Anexo II forma parte de esta Resolución.
Se modifica la Resolución Nº 156/14 y se establece época de Veda en el Embalse "Cabra Corral".
Se crea la Red de Apoyo Sanitario Intercultural e Interinstitucional para pueblos originarios de la Provincia de Salta
Se declara la "Reserva Hìdrica de la Cuenca del Río Tartagal", que incluye la Subcuenca del Arroyo "Al Aguay", con la finalidad de asegurar el abastecimiento de agua potable a las poblaciones de las zonas de influencia.
Se deroga el Decreto N° 2.211/10 por el cual se que aprobó el procedimiento para el análisis de Proyectos a Escala Predial en relación al ordenamiento territorial de los Bosques Nativos de la Provincia de Salta y se encomiendan funciones al Ministerio de Ambiente y Producción Sustentable de la Provincia y se crea bajo la órbita y coordinación del Ministerio de Ambiente y Producción Sustentable, un Consejo Asesor de Revisión del Ordenamiento Territorial de Bosques Nativos de la Provincia de Salta